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Bandera de Tailandia- o ir a Listado de países

🏛️¿Dónde está la embajada o consulado de Tailandia en España?

Embajada Real de Tailandia
C/ Joaquín Costa, 29. Madrid. Teléfonos:. 91 563 29 03/79 59. Faxes: 91 564 00 33/562 41 82. Correo electrónico: madthai@temb.e.telefonica.net

¿Qué documentos se necesitan para viajar a Tailandia?

AVISO: Se ruega consulte NOTAS IMPORTANTES incluidas en apartado anterior para información sobre situación actual.

Pasaporte/DNI

Formalmente para entrar en Tailandia se necesita un pasaporte en vigor, con una validez de al menos 6 meses desde la fecha de entrada en el país con respecto a la fecha de caducidad del mismo. El pasaporte deberá tener una fecha de caducidad superior en 6 meses a la fecha de entrada. La fecha de renovación o la fecha prevista de renovación del pasaporte son irrelevantes a este efecto: las autoridades locales tienen en cuenta la fecha de caducidad. No obstante, las autoridades migratorias tailandesas no suelen poner problemas para entrar al país con un pasaporte que tenga una validez de entre 4 y 6 meses. Los países vecinos (Laos, Camboya) y la mayoría de países de la región sí que son estrictos con el requisito de validez del pasaporte de al menos 6 meses. Por todo ello, la recomendación de la Embajada es que renueve su pasaporte si tiene menos de 6 meses de validez desde la fecha de entrada, antes de viajar a Tailandia.

Si durante su estancia en Tailandia le roban o pierde su pasaporte deberá venir a la Embajada de España en Bangkok en horario laboral a pedir un salvoconducto (gratuito) que le permite únicamente regresar a la Unión Europea. Para ello es imprescindible aportar denuncia de robo o pérdida ante la policía local (preferiblemente del lugar donde ocurrió la pérdida o robo). Las autoridades tailandesas no permiten tomar vuelos internos solo con dicha denuncia policial, por lo que tendrá que organizar su traslado a Bangkok por vía terrestre (sí se pueden tomar barcos).

Visados

Como norma general, no se exige visado a los ciudadanos españoles para estancias turísticas. El plazo máximo de permanencia en Tailandia sin visado es de 60 días, que pueden extenderse otros 30 días, en las oficinas de inmigración.

Solo se podrá entrar por vía terrestre bajo exención de visado un máximo de dos veces al año natural. No hay limitación formal al número de veces que se puede entrar al año bajo exención de visado por vía aérea, siempre que respondan a desplazamientos turísticos normales. Las autoridades tailandesas no permiten entrar y salir del país indefinidamente (visa run) y por ello pueden denegar la entrada si consideran que se reside ilegalmente en el país. Son posibles varias entradas y salidas de Tailandia para visitar los países vecinos o de la región, en el marco de un viaje de turismo, pudiendo volver a entrar en Tailandia bajo exención de visado en cada ocasión.

Para estancias superiores a lo permitido sin visado o para actividades distintas del turismo, se deberá solicitar el correspondiente visado en este enlace Se abre en ventana nuevao, en su defecto, ante la Embajada de Tailandia correspondiente.

Las autoridades tailandesas exigen formalmente a los turistas tener un billete de salida de Tailandia para poder entrar en el país por vía aérea. Aunque normalmente no se solicita prueba de dicho billete en el control de inmigración de entrada a Tailandia, se recomienda a los españoles cumplir con este requisito en todo caso.


Es ilegal residir y trabajar en Tailandia sin el correspondiente visado y permiso de trabajo. El visado de trabajo se obtiene en las Embajadas y Consulados de Tailandia en el extranjero.

Superar el límite de estancia permitido (overstay) se considera un delito, castigado con una pena de 500 bahts por día de estancia, hasta un límite total de 20.000 bahts. Las autoridades de Tailandia pueden arrestar a la persona, deportarla (a su costa) y prohibirle volver a entrar en el país. Las autoridades de Tailandia proceden siempre a la detención y deportación cuando se superan los 42 días por encima de la estancia autorizada. Es de aplicación además una prohibición de volver a entrar en el país para todos aquellos que sobrepasen el periodo de estancia permitido. La Embajada de España no sufraga los gastos de las multas por superar los límites de estancia ni expide ningún certificado justificativo.

Vacunas:

  • ObligatoriasFiebre amarilla para aquellas personas procedentes de áreas afectadas por esta enfermedad. Compruebe en este enlace ​Se abre en ventana nuevala lista de países a los que aplica este requisito.
  • RecomendadasHepatitis A y B, rabia, encefalitis japonesa, tétanos y BCG (tuberculosis).

Para más información, puede consultar la siguiente página web.

¿Dónde obtener el visado online para Tailandia?

Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.

🏛️¿Dónde está la embajada o consulado de España en Tailandia?

Embajada de Tailandia en España
C/ Joaquín Costa, 29. Madrid
Teléfonos:. 91 563 29 03/79 59
Faxes: 91 564 00 33/562 41 82
Correo electrónico: consuladotailandia@gmail.comSe abre en ventana nueva

Prefijo del pais: +66
Embajada de España en TailandiaLake Rajada Ofice Complex. Piso 23. 193 Rajadapisek Road, Klongtoey. Bangkok 10110.

Teléfonos desde España:

  • Teléfonos: +66 2 661 82 84/85/86/87
  • Teléfono de emergencia consular: +66 818 68 7507
  • Fax: +66 2 661 9220

Teléfonos desde Tailandia:

  • Teléfonos: 02 661 82 84/85/86/87
  • Teléfono de emergencia consular: 081 868 7507
  • Fax: 02 661 92 20

Correo electrónico: emb.bangkok.inf@maec.es

Página webFacebookTwitterInstagram

Consulado Honorario de España en Chiang Mai

Cónsul Honorario: D. Carlos José Jalón Oliveras

Baan Sirin Home 3, 89/87 Moo.6 Tambon San Klang, san Kamphaeng District 50130, Chiang Mai (Tailandia)

Teléfono: +6653274079

Correo electrónico: ch.chiangmai@maec.es​


Consulado Honorario de España en Phuket

Cónsul Honorario: D. Cristóbal Rodríguez López

22/7-8 Moo 2, Soi Palai, Chaofa Rd. Tambon Chalong Amphur Muang 83130 Phuket
Teléfono: +66821062607
Correo electrónico: ch.phuket@maec.es


Direcciones y teléfonos de interés:

Policía

  • Policía turística​Se abre en ventana nueva: 1155 o 02 408 0333
  • Policía turística del aeropuerto Suvarnabhumi: 02 132 1155
  • Policía turística del aeropuerto Don Muang: 02 535 1155
  • Policía de autopistas: 1193 o 02 354 6000
  • Policía de tráfico: 1197 o 02 515 3000

Centros de Asistencia Turística:

  • Centro Bangkok: 02 356 0650
  • Centro Aeropuerto Suvarnabhumi: 02 134 4077
  • Centro Aeropuerto Don Muang: 083 131 2267
  • Centro Provincia de Chiang Mai: 081 796 7015
  • Centro Provincia de Chiang Rai: 053 150 192
  • Centro Provincia de Ubon Ratchathani: 045 311 228
  • Centro Provincia de Sukhothai: 055 610 222
  • Centro Provincia de Kanchanaburi: 034 520 355
  • Centro Provincia de Chonburi: 038 381 278
  • Centro Provincia de Surat Thani: 081 174 6873
  • Centro Provincia de Phuket: 076 327 100
  • Centro Provincia de Songkhla: 074 230 772

Hospitales

Ver listado de hospitalesSe abre en ventana nueva

Webs de interés:

🛃Recomendaciones de Viaje a Tailandia

Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Tailandia.


NO HAY RESTRICCIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A VIAJES A ESTE PAÍS. Se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje

COVID-19: Tailandia no exige ningún documento covid para entrar en el país. No es necesario por tanto mostrar prueba de vacunación contra el covid ni prueba negativa al llegar al país.

Se recomienda encarecidamente, en cualquier caso, viajar a Tailandia con un seguro médico cuya cobertura sea lo más amplia posible. Es asimismo muy importante cumplir con los requisitos de pasaporte y visado que se indican en el epígrafe siguiente ‘Documentación y visados.


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Visado de Tailandia: Embajada y Consulado

Foro  Visado para Tailandia:  Pues eso, ya tenemos los billetes para ir a Thailandia...
12h:52
Komorebi  Komorebi
Hola chicos: ¿Qué tal? Si voy a Tailandia del 5 de septiembre al 29 de octubre, y entre medias paso 3 semanas en Laos, ¿debo sacar visado...
08h:27
Antonion  Antonion
Nuevas exenciones para los hispano hablantes. APLICABLES DESDE EL PASADO 15 JULIO. Para españoles concretamente, exención de 60 días.
18h:05
ElTuyo  ElTuyo
Por cierto, Sabeis decirme cuanto tarda en otorgarse el e-visa para Tailandia desde que lo solicitas? Gracias
12h:47
ElTuyo  ElTuyo
Ya, si eso es lo que haremos nosotros. En nuestro caso como nos pasamos de los 60 días consecutivos permitidos con el visado de turista debemos...
11h:54
Sanvi64  Sanvi64
Hola, yo paso de 30 días de estancia y he realizado la visa online sin problemas. El precio son 35 euros por persona. Saludos
11h:09
ElTuyo  ElTuyo
Hola, han pasado 3 meses desde este mensaje pero yo sigo sin ver cambios en la duración de los visados de turista. Nuestro viaje durará 67 días...
07h:12
Sanvi64  Sanvi64
Muchas gracias por tu información, pero este año he ido alargando y al final haré más de 30 días por lo que hare la visa on-line antes de viajar...
18h:49
Davidhp  Davidhp
Hola, yo voy próximamente y no hace falta,los primeros 30 días se entra con exención de visado como turista español y después antes de que se...
10h:20
Sanvi64  Sanvi64
Hola viajeros, aún es necesario tramitar la viso online si vamos a estar más de 30 días seguidos en el pais?? (España) Saludos
18h:00
Davidhp  Davidhp
Muchas gracias por tu respuesta
Datos obtenidos de: https://www.losviajeros.com/

Webs Oficiales

Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores

Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/

Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/

BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es


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