Documentación necesaria para viajar a Indonesia. ⭐ Embajada y consulado de Indonesia en España (Madrid y Barcelona): dirección, ☎️ teléfono y contacto. ✍ Trámites para obtener el visado o la residencia: Vigencia del pasaporte, ⛔ prohibiciones legales, vacunas obligatorias. Embajada de Indonesia: dirección, email y teléfono. Renovación de pasaporte o pérdida, visado turístico, negocios, tránsito. ¿Necesito visado para viajar a Indonesia?
Agastia, 65
Teléfono: 91 413 02 94
Fax: 91 419 49 50
Correo: madrid.kbri@kemlu.go.id
Página web: https://kemlu.go.id/madrid/
Consulado Honorario de Indonesia en Barcelona. Dirección: Calle Pau Claris, 173, 08037 Barcelona, Cataluña, España. Teléfono: +34 934 876 884
Consulado Honorario de Indonesia en Las Palmas de Gran Canaria. Dirección: Calle Joaquín Costa No. 52 - 1º, 35007 Las Palmas de Gran Canaria, Canarias, España. Teléfono: +34 92 826 3565
Pasaporte/DNI:
Para ingresar en Indonesia, es obligatorio presentar un pasaporte con una validez mínima de seis meses a partir de la fecha de salida del país.
Por ejemplo, si el viaje incluye la entrada a Indonesia el 1 de febrero y la salida el 15 de marzo, el pasaporte debe ser válido, como mínimo, hasta el 15 de septiembre.
Asimismo, el pasaporte deberá tener como mínimo, una página en blanco sin sello alguno por cada entrada que se vaya a hacer en el país. El visado indonesio ocupa una página entera del pasaporte.
Las autoridades indonesias rechazarán la entrada de personas que lleven consigo:
Pasaportes en malas condiciones, por ejemplo, con las tapas despegadas.
Pasaportes que no tengan, como mínimo, una página totalmente en blanco por cada entrada al país que se pretenda realizar.
Pasaportes con una validez menor de 6 meses a partir de la fecha prevista de salida del país.
Pasaportes provisionales, si no cuentan con un visado expedido previamente por una Embajada de Indonesia.
En estos casos, el viajero es repatriado de forma inmediata y debe asumir los costes de su salida de Indonesia por vía aérea. Como el afectado no puede salir del puesto fronterizo, no existe la posibilidad de expedir pasaportes provisionales dado que, para ello, es precisa la presencia del interesado en la Embajada de España en Yakarta y, posteriormente, ante las autoridades locales de Inmigración.
Visados:
Las exenciones de visado se encuentran aún suspendidas para españoles, de manera general. Las Visa on Arrival (VoA) están disponibles bajo ciertas condiciones en numerosos puntos de entrada por vía aérea, terrestre y marítima. Su duración es de 30 días prorrogables otros 30 y su precio es de 500000 rupias que deben abonarse en efectivo (algunos aeropuertos aceptan el pago en euros). También deberán contar con un pasaporte con una validez de mínimo 6 meses desde la fecha prevista desalida del país (este requisito es inexcusable y el pasaporte debe estar en buen estado), y con un billete de vuelta o de salida del país.
El Electronic Visa on Arrival (e-VoA) es una alternativa al Visa on Arrival (VoA) que permite a los viajeros solicitar su visado de manera digital antes de su llegada a Indonesia. Tiene un costo de IDR 500,000 (aproximadamente 30-35 USD) y otorga una estadía inicial de 30 días, con la posibilidad de extenderlo por otros 30 días pagando el mismo monto. Para obtenerlo, los viajeros deben completar la solicitud en línea a través de la plataforma oficial evisa.imigrasi.go.id antes de su viaje. Se recomienda tramitar esta Visa únicamente en la plataforma oficial, ya que se han detectado algunas páginas web fraudulentas que, si bien realizan el cobro, no generan el visado ni su extensión
Desde el 14 de febrero de 2024, todos los turistas extranjeros que planeen visitar Bali deberán abonar una tasa de entrada de 150.000 IDR (algo menos de 10 €) al entrar en territorio balinés. Este impuesto puede ser pagado de manera anticipada a través del sitio web o la aplicación de Love Bali o bien a la llegada. Es irrelevante si se ha transitado previamente por territorio indonesio. Es fundamental tener en cuenta estas disposiciones al planificar un viaje a Bali para evitar cualquier inconveniente a la entrada.
Los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio, miembros de tripulación, los titulares de permisos de residencia temporal (KITAS) o permanente (KITAP), así como los titulares de visados de reunificación familiar y de visado de estudio están exentos del pago, siempre y cuando presenten la documentación pertinente a su llegada. Asimismo, los titulares de golden visa pueden solicitar una exención previamente en línea.
Los titulares de KITAS y KITAP deben comunicar a las autoridades migratorias la renovación y nuevo número de pasaporte cuando proceda, pues los permisos de residencia están asociados a este número y, de no hacerlo, se pueden presentar problemas a la hora de salir o volver a entrar en el paísLa Embajada de Indonesia en Madrid (Agastia, 65. 28043 Madrid. Tel.: 91 413.02.94, Fax: 91 419.49.50) o sus Consulados en Barcelona o Las Palmas de Gran Canaria pueden informar sobre los trámites y condiciones necesarias para la obtención de las otras modalidades de visados. En caso de visita por negocios, para impartir formaciones, nómadas digitales, etc., se recomienda asegurarse de que el visado concedido es de esta categoría y no de la de turista. No observar esta regla puede ocasionar serios problemas con las autoridades locales, ya que Indonesia no acepta que se desempeñe ningún tipo de trabajo ni labor remunerada con un visado de turismo.
Permisos especiales: Es necesario un permiso especial para acceder a determinadas zonas de las provincias de Papúa y Papúa Occidental.
Aviso importante
Las autoridades indonesias son muy estrictas en la aplicación de toda la normativa mencionada más arriba. La legislación local prevé multas graves para castigar la estancia ilegal en el país. Incluso puede haber pena de prisión en caso de desarrollar actividades económicas sin los permisos necesarios.
Desde mayo de 2019, en virtud del reglamento gubernamental 28/2019, aquellos ciudadanos extranjeros cuyo visado haya expirado deberán pagar 1.000.000 de rupias (60 euros aprox.) por cada día que sobrepasen la fecha límite reflejada en su visado. Además, estos ciudadanos serán detenidos por las autoridades de Inmigración sin poder abandonar el país hasta que abonen la sanción económica y si han pasado más de 60 días desde que expiró el visado, los ciudadanos pasarán a formar parte de una lista negra y no podrán viajar posteriormente a Indonesia. Además, deberán sufragar los costes de su propia deportación. En caso de sobrepasar la fecha límite en más de tres meses no pueden descartarse consecuencias penales e incluso penas privativas de libertad.
Vacunas
Obligatorias: La vacuna contra el SARS COV 2 es en principio obligatoria para residente en el país. No obstante, no existen controles a la llegada. Además, las personas procedentes de África o América del Sur que hayan permanecido en dichos continentes durante los seis meses anteriores a su entrada en Indonesia deben acreditar que están vacunados contra la fiebre amarilla.
Recomendadas: Se deben tener actualizadas las vacunas estándar, como la triple vírica (sarampión, paperas y rubéola - MMR), la difteria, tétanos y tos ferina (DTP), la varicela, la polio y la influenza. Se aconseja asimismo la vacunación de Hepatitis A, Hepatitis B, Dengue, Encefalitis Japonesa y fiebre tifoidea. A pesar de que en las principales ciudades del país no existe riesgo de malaria, en caso de viajar a zonas rurales en Riau, Jambi, Papúa, Borneo y Nusa Tenggara Oriental y Occidental es conveniente seguir la oportuna profilaxis, utilizar repelente de mosquitos y venir provisto de telas mosquiteras de viaje.
Antes de iniciar el viaje se recomienda consultar a su centro de vacunación internacional, así como leer las recomendaciones sanitarias por países del Ministerio de Sanidad en supágina web
Para más información, puede consultar la página web del Ministerio de Salud
Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.
Calle Agastia, 65
Teléfono: 91 413 02 94
Fax: 91 419 49 50
Correo electrónico: madrid.kbri@kemlu.go.id
Consulado Honorario de Indonesia en Las Palmas de Gran Canaria
Calle Joaquín Costa No. 52, 1º, 35007 Las Palmas de Gran Canaria, Canarias, España
Teléfono: +34 92 826 3565
Prefijo del país: +62
Embajada de España en Indonesia
Cancillería: Jl. Haji Agus Salim, 61 - Yakarta Pusat 10350.
Teléfono: +62-21 314 23 55.
Teléfono emergencia consular: +6281380013988 - Esta línea de teléfono se encuentra activa 24 horas al día para atender situaciones de emergencia que afecten a ciudadanos españoles. Es importante recordar que en caso de emergencia colectiva (tsunami, erupción volcánica, terremoto, ataque terrorista, entre otros) el teléfono de emergencia le redirigirá a la centralita de la Embajada por lo que escuchará un mensaje en indonesio informándole del desvío de llamada, se ruega a los usuarios que no cuelguen el teléfono al escuchar este mensaje.081380013988 (si se llama desde una línea indonesia).
Fax: +62-21 319 35 134 / 319 259 96.
Correos electrónicos: emb.yakarta@maec.esemb.yakarta.sc@maec.es
(Sección Consular) | espanyak@pacific.net.id
Cualquier consulta sobre visados, petición de citas, trámites ordinarios, expedición de pasaportes, etc deberá realizarse llamando a la línea general de la Embajada en horario de atención al público o mediante correo electrónico (emb.yakarta.sc@maec.es
10350. Teléfonos: +62-21 310 74 90 / 391 75 44 / 391 75 43. Fax: +62-21 319 301 64.
Consulado Honorario en Bali
Cónsul Honoraria: Ibu Mila Tayeb
Kibarer Building Jalan Petitenget, 9-A Kerobokan Kelod Seminyak, Bali
Teléfono: +62 853 3838 5008.
Correo electrónico: honorary.Cspainbali@gmail.com
Teléfonos de interés:
Prefijo del país llamando desde España a Indonesia: 00 62 + prefijo de la provincia.
Prefijo llamando desde Indonesia a España: 001, 007, 008 ó 009 (dependiendo de la compañía operadora)+ 34+ número de teléfono fijo o móvil.
Prefijo llamando de una provincia indonesia a otra: inexistente si se llama de móvil a móvil, o con un 0 delante del prefijo de cada provincia si se llama a un teléfono fijo.
Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Indonesia.
SE RECOMIENDA VIAJAR CON PRECAUCIÓN Y ABSTENERSE DE HACERLO POR DETERMINADAS ZONAS.
Lea con detenimiento el resto de estas recomendaciones de viaje. La Embajada de España cuenta con una línea de teléfono disponible las 24 horas para atender situaciones de emergencia que afecten a ciudadanos españoles. (+62 81380013988)
Dado que las normas establecidas por las autoridades indonesias en materia de visados y control de fronteras cambian constantemente, es recomendable estar atento a las instrucciones gubernamentales y consultar información lo más actualizada posible. A fecha de hoy no existen restricciones sanitarias relevantes.
Las exenciones de visado se encuentran aún suspendidas para españoles, de manera general. Las visas on arrival están disponibles bajo ciertas condiciones en numerosos puntos de entrada por vía aérea, terrestre y marítima. La Isla de Bali cobra una tasa turística especial a los visitantes extranjeros. El apartado Documentación y Visados contiene más información sobre esta cuestión.
Por razones de seguridad, los extranjeros pueden ser sujetos a restricciones de movilidad en la isla de Nueva Guinea (Papúa), implementadas por las propias autoridades indonesias. Se desaconseja vehementemente que los ciudadanos españoles traten de viajar a dicho territorio. En estos momentos la situación es crítica.
Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/
Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/
BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es
LosViajeros.com: El mayor Foro de Viajes en Español...
Google-Earth: El programa para explorar el Planeta...