Pasaporte / DNI:
El 18 de diciembre de 2015, el Senado aprobó un texto legislativo ( Visa Waiver Program Improvement and Terrorist Travel Prevention Act) que introduce una serie de reformas en el programa de exención de visados, cuya principal novedad consiste en que aquellos que hayan nacido o viajado desde marzo de 2011 a Irak, Siria, Irán y Sudán o tengan la nacionalidad de alguno de estos países deberán podrían verse obligados a obtener un visado de entrada, incluso aunque estén en posesión de un ESTA válido. En cualquier caso se recomienda consultar con antelación al Consulado de Estados Unidos más próximo antes de emprender el viaje.
- A partir del día 26 de octubre 2004 todos los viajeros, independientemente de su edad, deberán llevar un pasaporte de lectura mecánica que cumpla con los requisitos de la OACI. Si el pasaporte no fuera de lectura mecánica, el viajero deberá solicitar un visado con anticipación a su viaje.
- A partir de o alrededor del día 30 de septiembre de 2004, el Departamento de Seguridad Interna comenzará a registrar a todos los visitantes que efectúen su entrada a los Estados Unidos acogiéndose a la exención de visados, en el programa "US-VISIT", a su llegada al puerto de entrada a los Estados Unidos de América. Este proceso consiste en ser fotografiado y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices. Estos visitantes deberán registrar su salida del país utilizando los sistemas automatizados disponibles a tal efecto si salen por un puerto con dicho dispositivo.
- Para obtener un pasaporte legible debe tener en cuenta que :
2º) Si posee un pasaporte expedido en una Embajada o Consulado español, es conveniente que entre en contacto con el Consulado español más cercano ya que, aunque los que se expiden hoy en el modelo antiguo son legibles mecánicamente, no siempre lo son los expedidos con anterioridad.
- El modelo de pasaporte expedido con el nuevo formato, que es siempre legible mecánicamente, se irá introduciendo gradualmente en las Embajadas y Consulados españoles. Por ahora, el pasaporte español de nuevo formato solo podrá obtenerse dentro de España.
Hasta 90 días.
Visados:
Entrada con visado
Todos los visados estadounidenses son de lectura mecánica, por lo tanto, todos aquellos que viajen con visado expedido en un pasaporte válido, pueden viajar aunque el pasaporte no sea de lectura mecánica.
Todos los visados expedidos en Madrid llevarán incorporadas codificaciones y escaneadas las huellas de los dedos índice izquierdo y derecho.
Todos los solicitantes de visado de edades comprendidas entre los 14 y 79 años deberán comparecer personalmente a una entrevista para que se les puedan tomar las huellas dactilares que irán escaneadas y codificadas en el visado.
Las entrevistas para solicitar un visado son con cita previa, que se obtiene llamando a la Línea de Información de Visados : 807/488.472 si llama desde España ó +49-9131-772.2087 si llama desde fuera de España. Las llamadas para la obtención de información y de citas para visados, tienen un coste adicional.
Para obtener información general sobre visados así como los formularios de solicitud, puede consultar la página www.exteriores.gob.es/Embajadas/Washington Con el fin de ganar tiempo, se recomienda rellenar el formulario de solicitud de visado DS-156 en línea (on line), e imprimirlo para su presentación el día de la entrevista con un oficial consular.
La tarifa de solicitud de visado es de cian dólares, $100,00, pagaderos en euros. Esta tarifa tiene que abonarla en cualquier sucursal del Banco Santander Central Hispano.
Si el nombre de un solicitante de visado y su fecha de nacimiento son similares al de alguna de las personas que aparecen en la base de datos estadounidenses de personas con antecedentes, es posible que sea necesario efectuar otras comprobaciones. Este proceso puede llevar aparejado costes adicionales. El proceso más corriente consiste en una toma general de huellas dactilares y tiene un coste de ochenta y cinco dólares $85,00.
Todos los viajeros que entren en Estados Unidos de América con visados (con excepciones muy limitadas) deberán registrarse en el programa "US VISIT" en el puerto de entrada. Este proceso consiste en ser fotografiado y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices.
El Congreso de los Estados Unidos de América determinó que todos los visados expedidos después del 26 de octubre de 2004 deberán incluir indicadores biométricos de acuerdo con los requisitos de la OACI.
Entrada sin visado
Los ciudadanos españoles podrán viajar a los Estados Unidos de América sin visado por motivos de turismo o negocios, pero con una autorización ESTA, que se obtiene a través de la página web de la Embajada de Estados Unidos en Madrid.
El periodo autorizado de estancia lo determinan los oficiales del Departamento de Seguridad Interna en el puerto de entrada y se puede conceder hasta un máximo de 90 días. El visado no es necesario para una estancia inferior a 90 días, por turismo, negocios o tránsito. Pueden pedir el billete de ida y vuelta, así como prueba de disponer de medios económicos. Esto debe interpretarse en el sentido más estricto y es comprobado mediante interrogatorio individual a cada turista por parte de los agentes del Servicio de Inmigración. Esto siempre y cuando se viaje en líneas comerciales. Si viaja en barco o avión privado SÍ precisa visado.
- Se insiste en la necesidad de no infringir el tiempo máximo de estancia en Estados Unidos, de lo contrario se arriesgan a ser detenidos durante un mes y deportados con la prohibición de volver a Estados Unidos en 10 años. La dureza de las autoridades de inmigración norteamericanas llega a estos límites, al equiparar esta infracción como un delito de índole mayor.
- Para estudiantes, trabajo u otras causas : Necesitan solicitar visado apropiado en la Embajada de los EE.UU. en Madrid.
Hasta 90 días con billete ida/vuelta
Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.
Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Puerto Rico.
SE RECOMIENDA VIAJAR CON PRECAUCIÓN Y ABSTENERSE DE HACERLO POR DETERMINADAS ZONAS QUE SE ESPECIFICAN MÁS ADELANTE. Se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje, y en especial el apartado referente a documentación y visados
Puerto Rico fue duramente afectado por el huracán "María". La situación mejora con lentitud, pero hay grandes restricciones, tanto en la oferta de hoteles como en la posibilidad de viajar por la isla, debido a los destrozos de infraestructura viaria causados por el huracán. Tampoco hay corriente eléctrica en la mayoría del país.
Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/
Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/
BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es
LosViajeros.com: El mayor Foro de Viajes en Español...
Google-Earth: El programa para explorar el Planeta...